Becas MEC: Cálculo de la renta y patrimonio familiar
La declaración o declaraciones de la renta que los miembros de la unidad familiar presentan se tienen en cuenta en las becas MEC porque con ellos se calcula la renta familiar disponible. Además, se realiza el cálculo del patrimonio familiar, es decir, el que se refiere a los rendimientos de capital y las ganancias patrimoniales, que estos no pueden superar los 1.700 €. Por último, para el cálculo del volumen de negocio, no pudiendo superar los 155.500 €.
Primero debemos saber quiénes son las personas que componen la unidad familiar para después calcular la renta computable teniendo en cuenta que las de los sustentadores principales se computa al completo (padre o madre generalmente) y que las de los no sustentadores computan al 50%
Tranquilo, estos cálculos de las becas MEC se realizan de forma automática al enviar la solicitud junto a la Agencia Tributaria. La renta familiar se calcula sobre las bases imponibles de la renta y estas son siempre inferiores a lo cobrado.
Debemos calcular las rentas del año anterior de todos los miembros de la unidad familiar y sumarlas siguiendo las normas establecidas para presentar las becas MEC este año. Antes de entrar de lleno en el proceso de cálculos de las becas, igual te interesa conocer algunas de las becas para estudiar bachillerato en el extranjero.
Cómo calcular la renta familiar para las becas MEC
Ahora pasamos a ver como se realiza el cálculo de la renta familiar disponible.
Según la normativa… “para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá del modo siguiente: (a) Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro … (b) De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación”.
La fórmula se queda así: Casillas 435 + 460 – 595
Casilla 435: Base imponible general
Casilla 460: Base imponible del ahorro
Casilla 595: Cuota resultante de la autoliquidación
Cómo calcular el patrimonio familiar para las becas MEC
A continuación, el Cálculo del patrimonio familiar.
La normativa no dice que: “la suma de todos los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales perteneciente a los miembros computables de la familia no podrá superar los 1.700 euros …. No se incluirán en esta suma las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual ni la renta básica de emancipación”.
La fórmula es la siguiente: Casillas 429 + 60 + 245 + 420 + 424 – 299 – 300 – 303
Casilla 429 y 60: Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario
Casilla 420 y 424: Saldos netos positivos de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales
Casilla 245: Rendimientos del capital mobiliario de Comunidades de Bienes
Casilla 299: Subvenciones recibidas para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado (puede que no la encuentres si es cero)
Casilla 300: Subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual (puede que no la encuentres si es cero)
Casilla 303: Renta básica de emancipación (puede que no la encuentres si es cero)
Las ganancias en juego o concurso según la convocatoria: “No se tendrán en cuenta a los efectos previstos en este apartado los premios en metálico o en especie obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias hasta el límite de 1.500 euros”
Quedando la fórmula: Casillas 290 + 297
Casilla 290: Ganancias patrimoniales netas de juegos sin fines publicitarios
Casilla 297: Ganancias patrimoniales netas de juegos con fines publicitarios
Calcular el Volumen de Negocio para las becas MEC
Por último, el cálculo del Volumen de Negocio siguiendo la convocatoria: “también se denegará la beca solicitada cuando se compruebe que la suma de los ingresos que se indican a continuación obtenida por los miembros computables de la familia supere la cantidad de 155.500,00 euros: a) ingresos procedentes de actividades económicas en estimación directa o en estimación objetiva. b) Ingresos procedentes de una participación igual o superior al 50% en entidades”.
Siendo la fórmula: Casillas 120 + 159 + 184 + 224
Casilla 120: Ingresos procedentes de actividades económicas en estimación directa
Casilla 184: Ingresos procedentes de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva
Casillas 159 y 224: Ingresos en estimación objetiva y de Comunidades de bienes respectivamente
Todos estos resultados se computan al 100 por cien cuando pertenecen al sustentador principal de la unidad familiar, mientras que se computan al 50 por ciento si no pertenecen al sustentador principal.
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