Qué es el Estatuto de los Trabajadores
Sea como trabajador o no, es normal que con frecuencia se escuche o se lea sobre alguna persona que ha debido recurrir al Estatuto de los Trabajadores porque sus derechos como trabajador se han vulnerado por parte de la empresa, o que se recomiende conocer el Estatuto por ser una herramienta que protege los derechos del trabajador. Sin embargo, la mayoría de las personas no conoce qué es, ni sus derechos como trabajador. Es importante conocer cuáles son estas obligaciones, tanto como empleado o como empleador, por ser las leyes que regulan la relación entre trabajador y empresa.
Regulaciones del Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores es un conjunto de normas que regulan la relación entre trabajador y la empresa. Su función primordial es la de proteger al trabajador, debido a que se considera que es quien se encuentra siempre en desventaja en la relación laboral.
Cuando se realiza un contrato de trabajo no se colocan todos los detalles concernientes a la relación entre la empresa y el trabajador, pero la empresa debe cumplir con muchas otras normas, además de las establecidas en el contrato. De igual manera, el Estatuto garantiza que se cumplan ciertas obligaciones, además de que también se encuentran algunas prohibiciones laborales.
El Estatuto de los Trabajadores debe ser cumplido por todas las empresas y empresarios, según lo establecido en la Constitución en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 2/2015. Cualquier conflicto que se presente en la relación laboral entre trabajador y empresa debe respetar ciertas condiciones, que se encuentran establecidas en la Ley.
Se debe tener en cuenta que el Estatuto de los Trabajadores es un documento general que se aplica a todos los trabajadores de cualquier ámbito y, por lo general, no es tan específico como un contrato laboral que es redactado para un tipo de actividad, situación o trabajador. Si un trabajador está interesado en saber cómo se regula algún aspecto de su actividad laboral, lo primero que debe hacer es consultar el contrato que estableció con la empresa. Si la duda persiste, se debe consultar el convenio colectivo y el Estatuto de los Trabajadores.
A quién protege y qué regula el Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores se encarga de regular la relación laboral de los trabajadores que prestan sus servicios de forma voluntaria a un organismo o ente empleador, sea este físico o jurídico. Es decir, todas las personas que trabajan por cuenta ajena, excluyendo a los autónomos o trabajadores por cuenta propia. Pero los trabajadores autónomos que sean económicamente dependientes están protegidos igual por el Estatuto de los Trabajadores en algunos puntos claves, al igual que los artistas, deportistas profesionales, entre otros grupos de trabajadores.
Se encuentran excluidos del Estatuto de los Trabajadores todos los funcionarios, debido a que su relación laboral se encuentra regulada por el Régimen Administrativo o Estatutario. Además, todos los trabajadores que están bajo contrato con empresas españolas con sede en el extranjero, al igual que las empresas extranjeras que operan en España, también se encuentran bajo la aplicación legal del Estatuto de los Trabajadores.
Contenido del Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores puede resultar complejo para quienes no tienen conocimientos jurídicos. Sin embargo, de todo su contenido lo más importante que se debe conocer por parte de todos los trabajadores se encuentra en los primeros tres títulos. Cada uno de estos títulos tiene, a su vez, varios capítulos y los capítulos están divididos en artículos.
Título I
El Título I trata de la relación individual de trabajo, es el más largo y el que resulta de más utilidad a los trabajadores en su vida laboral.
En este título se tratan los siguientes temas:
- El ámbito de aplicación del Estatuto, concerniente a qué tipo de trabajadores afecta.
- Derechos y deberes básicos de los trabajadores.
- Cómo debe ser un contrato de trabajo para considerar válido.
- Prohibición de trabajar de los menores.
- Modalidades de contrato de trabajo.
- Tipos de contrato de trabajo.
- Duración del contrato de trabajo, incluido el periodo de prueba.
- Derechos y deberes de la empresa hacia los trabajadores contratados. Estos son básicamente la no discriminación, seguridad jurídica y laboral, salud en el trabajo e inviolabilidad del trabajador como persona.
- Clasificación profesional, ascensos, subidas de sueldo y permisos retribuidos.
- Todo lo concerniente al salario: salario mínimo interprofesional, igualdad de remuneración por sexo y las pagas extraordinarias.
- La jornada laboral: jornada laboral ordinaria, las horas extras, el trabajo nocturno, trabajo a turnos, descansos y vacaciones. Esta es la parte del Estatuto que debe ser conocida por todos los trabajadores, debido a que es la más útil. Por ejemplo, el artículo 34 se dedica en su totalidad a todo lo concerniente a la jornada laboral. El artículo 37 es otro que es interesante conocer, porque trata de la reducción de la jornada laboral y de los días a los que el trabajador tiene derecho para dedicarlos a realizar actividades propias.
- Movilidad de los trabajadores, tanto geográfica como de sus funciones.
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo: esta parte es importante conocerla, debido a que en algunas ocasiones la empresa puede tratar de imponer al trabajador cambios o modificaciones en el contrato que pueden afectar a la forma negativa al trabajador. Es importante que el trabajador conozca sus derechos cuando se presente este tipo de situaciones en su entorno laboral. El artículo 41 es donde se regula esta relación.
- La sucesión de la empresa, que es cuando hay un cambio de dueños, también se puede dar la cesión de trabajadores y subcontratación de obras y servicios. El artículo 44 trata todo lo referente a este punto.
- Procedimiento en los concursos.
- Faltas y sanciones de los trabajadores.
- Plazos de prescripción de acciones derivadas del contrato, de las infracciones y las faltas.
- La suspensión del contrato de trabajo, que no debe confundirse con el despido. El tipo de suspensión de contrato de trabajo que más se suele dar es la excedencia, que se expone en el artículo 46.
- Extinción del contrato de trabajo: aquí es donde se plantea la regulación de los despidos, que pueden estar entre el disciplinario, improcedente, colectivo, objetivo, también por voluntad del trabajador. El despido más habitual es el que se realiza por motivos disciplinarios, que se explica detalladamente en el artículo 54, y su objetivo, que es explicado a su vez en el artículo 52.
Cuando se trata del despido de un trabajador, se trata de un tema que debe ser estudiado a profundidad en todas sus aristas, para estar en conocimiento sobre lo que es un expediente de regulación de empleo, resultados de los derechos del trabajador, las causas del despido, cómo debe proceder el trabajador y el empresario ante un despido, conocer si un despido es improcedente.
Los siguientes dos títulos son mucho más breves y pueden ser un poco menos necesarios para un trabajador.
Título II
El Título II del Estatuto de los Trabajadores trata sobre los derechos de reunión de los trabajadores en la empresa y de la representación colectiva. Esta parte se relaciona con todo lo referente a la acción sindical. Se explica todo lo relacionado con los representantes de los trabajadores y comités de empresa.
El Título II regula los siguientes puntos:
- Cuántos representantes de trabajadores pueden tener una empresa, que depende del tamaño de la misma: si son empresas pequeñas hay delegados de personal, no un comité; en las empresas en las que hay cientos de trabajadores, en cambio, hay comités de empresa muy numerosos, incluso cuentan con varias secciones sindicales.
- Las horas que pueden tener disponibles los representantes de los trabajadores para dedicar a su actividad sindical. Esto es conocido como horas sindicales.
- Las otras garantías que otorgan en las empresas a los representantes de los trabajadores por el hecho de serlo, como por ejemplo, contar con un poco más de protección en caso de despidos.
- Cómo deben ser realizadas las elecciones para elegir a los representantes sindicales de los trabajadores para que todo sea válido y legal.
- Por último, se explica el derecho que tienen los trabajadores de la empresa a reunirse en asamblea.
- Estipula cómo se debe convocar y, si hay algunos aspectos que deban ser sometidos a votación, son los requisitos que se tienen que cumplir en las votaciones para asegurar que sean válidas.
Título III
En el Título III se trata lo concerniente a la negociación colectiva y convenio colectivo. Este apartado es el que puede resultar más difícil de comprender al trabajador debido a que su contenido no tiene que ver en forma directa con el día a día de trabajo en una empresa.
Sin embargo, es importante que todos los trabajadores conozcan al menos cuál es el convenio colectivo por el que se rige la empresa, porque esto es lo que determina las condiciones laborales. Los convenios colectivos señalan qué son las condiciones laborales mínimas, que pueden ser mejoradas por las empresas.
Derechos que protege el Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores protege los derechos de los trabajadores, y se consideran los más destacados los siguientes:
- Ocupación efectiva. Esto significa evitar que los trabajadores permanezcan desocupados.
- Negociación colectiva para poder pactar convenios o acuerdos.
- Promoción y formación en el trabajo.
- No ser discriminados por razón de sexo, religión, edad, origen, orientación sexual o ideología.
- Protección de la integridad física y existencia de una política de seguridad e higiene adecuada.
- Respeto a la dignidad e intimidad. Protección frente al acoso.
- Remuneración según lo acordado en el contrato.
- Poder ejercitar acciones individuales y judiciales derivadas del contrato de trabajo.
Secciones más consultadas en el Estatuto de los Trabajadores
La jornada laboral es tal vez el punto que es más importante para los trabajadores y empleadores. Según el Estatuto de los Trabajadores, la jornada laboral debe ser la que se establezca en el contrato laboral o en el Convenio Colectivo siempre que no supere las cuarenta horas semanales.
La jornada diaria debe ser de un máximo de nueve horas, y esta será menor para los menores de dieciocho años, siendo de ocho horas, y entre jornada y jornada deben pasar un mínimo de doce horas. Para asegurar que esta ley sea cumplida se creó la legislación sobre el control de horario.
En lo referente al descanso, el trabajador tiene derecho a descansar una vez por semana, además de hacer respetar el período mínimo entre jornadas. Este descanso semanal se estipula en un día y medio y se puede acumular por períodos de hasta catorce días. En caso de los menores de dieciocho años, este descanso es de dos días.
Con relación a las vacaciones anuales, se especifica que estas no se pueden intercambiar por una compensación económica y deben ser las establecidas en el contrato o pactadas en el Convenio Colectivo. En todo caso, el período de vacaciones nunca debe ser menos de treinta días naturales y deben ser retribuidos por igual. Las vacaciones son un derecho obligatorio que tienen los trabajadores para desvincularse del trabajo.
Diferencias entre el Estatuto y el Convenio Colectivo
Muchas personas presentan una confusión en relación al contrato laboral y el Estatuto de los Trabajadores con el Convenio Colectivo, que también es una herramienta que regula la relación entre trabajador y empresa.
Un Convenio Colectivo es un acuerdo producto de una negociación colectiva entre los representantes de los trabajadores (sindicatos) y la empresa. Estos son vigentes solo por un tiempo determinado y pautan cuáles serán las condiciones laborales, al igual que los derechos y obligaciones que tienen tanto los trabajadores como la empresa.
El Convenio Colectivo es, al igual que el contrato laboral, mucho más específico en cuanto a su contenido, y también es dirigido a una actividad determinada. Si una actividad laboral específica no cuenta con un Convenio Colectivo que la regule, esta se regirá por el Estatuto de los Trabajadores.
Para hacerlo más claro, el Estatuto de los Trabajadores es la normativa general, el Convenio Colectivo y el contrato laboral son específicos sobre la actividad que el trabajador desempeña. El Estatuto de los Trabajadores se encuentra legalmente por encima de cualquier otra normativa, por lo que si el Convenio Colectivo o el contrato laboral incluye un punto que vaya directamente contra de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, este no se puede cumplir.
Origen del Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores no es una legislación de nueva data. El primer Estatuto se aprobó y publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 10 de marzo de 1980, estableciendo así el respeto por los derechos de los trabajadores. No son las primeras leyes en el país que regulan las relaciones de trabajo, sino que a partir de las legislaciones previas se redactó el actual Estatuto de los Trabajadores.
Fue redactado con la finalidad de dar un marco legal al deber y al derecho de poder tener un trabajo, con una remuneración digna y en el que no se sufra ningún tipo de discriminación en las relaciones de trabajo, amparado todo bajo la Constitución Española del 1978.
Tras haber sufrido varias modificaciones, en la actualidad el Estatuto de los Trabajadores que se encuentra vigente está regulado en el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 23 de octubre.
Empleados a los que se le aplica el Estatuto de los Trabajadores
Por norma general, el Estatuto se aplica a los trabajadores por cuenta ajena, teniendo en cuenta que existen relaciones laborales especiales que están reguladas por leyes específicas, pero que a su vez, también están amparadas por el Estatuto de los Trabajadores, siendo el caso de los siguientes tipos de trabajadores:
- Cargos de Alta Dirección, siempre que no sean consejeros.
- Servicio del hogar familiar.
- Penados en las instituciones penitenciarias.
- Deportistas profesionales.
- Artistas en espectáculos públicos.
- Comisionistas o personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de empresario sin asumir los riesgos del resultado.
- Discapacitados en Centros Especiales de Empleo.
- Estibadores portuarios.
- Menores que se encuentran sometidos a medidas de internamiento para cumplir responsabilidad penal.
- Otros, relacionados básicamente con profesionales del ámbito de las Ciencias de la Salud en prácticas y abogados que prestan sus servicios en despachos de abogados mediante contrato laboral.
Como cláusula general quedan excluidas todas aquellas relaciones contractuales que no cumplen con las características propias de una relación laboral, siendo personal, voluntaria, dependiente, ajena, retribuida y que se encuentra dentro de la organización y dirección del empresario.
Prohibiciones en el Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores se considera como primordial en cuanto a la defensa de los derechos de la infancia, por eso la prohibición más importante que se encuentra en él es la relacionada con el trabajo infantil. El trabajo de menores de 16 años está terminantemente prohibido en todo el territorio nacional. La única excepción se encuentra en los espectáculos públicos, siempre que exista la autorización de los padres o tutores del menor.
Una persona de 16 años ya puede trabajar, pero no está permitido que realice horas extraordinarias ni trabajar durante el horario nocturno hasta que cuente con la mayoría de edad legal para hacerlo. Tampoco puede ser candidato ni representante de los trabajadores.
Derechos desconocidos en el Estatuto de los Trabajadores
En el Estatuto de los Trabajadores se encuentran derechos que son muy pocos conocidos por los trabajadores en general:
- Derecho a solicitar un anticipo de la nómina: Si el trabajador necesita un anticipo de su salario, tiene derecho a solicitarlo, según el Estatuto de los Trabajadores, debido a que es a cuenta del trabajo ya realizado, es decir, que si se solicita el día 15 del mes, el trabajador percibirá la mitad de su salario.
- Derecho a disfrutar de un día libre por mudanza: Muchos trabajadores no saben que cuentan con un día libre retribuido en caso de mudanza y que, además, puede ser ampliado por el convenio colectivo que se aplique.
- Permiso retribuido de 20 horas al año para formación: Si el trabajador tiene más de un año en la empresa, dispone de 20 horas al año retribuidas para formación profesional. Este derecho se puede acumular por un período de hasta 5 años. Este permiso retribuido se puede disfrutar si la formación está vinculada con el puesto de trabajo.
- Enfermedad y vacaciones: El trabajador que se enferma durante las vacaciones las puede suspender. El empleado, para que no le tomen en cuenta las vacaciones que por ley le corresponda, debe obtener la baja laboral con su médico de cabecera y notificarlo a la empresa aportando un justificante. No obstante, los tres primeros días de la baja no se recibe salario, a partir del cuarto día se cobra el 60% de la base reguladora.
- Derecho a 30 días de vacaciones sin importar el tipo de jornada: Trabajar a media jornada no da derecho a reducir el número de días de vacaciones con los que cuenta el empleado.
- Pausas laborales: Si la jornada laboral continuada es superior a seis horas, el trabajador tiene derecho a un descanso que no puede ser inferior a 15 minutos. Si la jornada diaria es inferior a seis horas seguidas y el convenio colectivo no recoge nada al respecto, el trabajador no tiene derecho a esa pausa. La excepción es cuando el trabajador tiene menos de 18 años y la jornada laboral supera las cuatro horas y media, el descanso no puede ser inferior a 30 minutos.
- Derecho a reclamar los intereses por el retraso del pago de la nómina: Se desconoce el derecho que tiene el trabajador a solicitar que le sean abonados los intereses de mora por el retraso. Concretamente, el Estatuto de los Trabajadores recoge el interés por mora en el pago del salario, que será del 10% anual de lo adeudado.
Como se ha mencionado anteriormente, no se trata de aprenderse de memoria todo el contenido del Estatuto de los Trabajadores, sino de conocer cuáles son los aspectos claves que pueden interesar como trabajador, y así pueda este defender sus derechos. Es importante conocer los temas que trata.
Cuando se lee el Estatuto de Trabajadores puede resultar difícil de entender al principio por el lenguaje jurídico en el que está redactado, pero siempre es posible entender los aspectos claves. Además, si como trabajador se quiere ser candidato en las elecciones para representantes de los trabajadores de la empresa, se necesita conocer cuál es la legislación vigente sobre todo el ámbito laboral.
Este Estatuto de los Trabajadores siempre se encuentra bajo análisis constante y se realizan actualizaciones en base a las realidades sociales y económicas, por ejemplo, el derecho a la desconexión digital que se está pidiendo que sea incluido dentro del Estatuto como un derecho de los trabajadores. El sindicato de trabajadores ha solicitado que se incluya este derecho tanto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, como un derecho más, en el texto referente a la ordenación del tiempo de trabajo, ya existente en la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Cuando se necesita incluir una regulación, esta debe ser consensuada en el marco del diálogo social, que obligue a garantizar que se cumpla ese nuevo derecho a las empresas. Respetar el Estatuto de los Trabajadores es importante dentro de una sociedad, debido a que la fuerza laboral debe ser protegida y respetados sus derechos para poder sustentar la actividad económica en el país.
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